La Superintendencia de Bancos (SB) dispuso que las entidades de intermediación financiera (EIF) deberán retirar de sus listas de contactos, para el ofrecimiento de nuevos productos y servicios, a los usuarios que así lo soliciten. El ente supervisor destaca que, los usuarios tienen derecho a rechazar de forma expresa la recepción de comunicaciones comerciales y llamadas no solicitadas, así como a revocar en cualquier momento el consentimiento otorgado para recibir esas comunicaciones. Se otorga a las entidades un plazo de 90 días para implementar las adecuaciones necesarias que permitan a los usuarios canalizar las solicitudes que sometan en este sentido. Pasado este período, las entidades de intermediación financiera deberán tener en funcionamiento los distintos canales a través de los cuales se recibirán estas solicitudes, proveyendo a los usuarios de la debida constancia. La Superintendencia de Bancos exige que los canales a utilizar sean ágiles y efectivos. Los usuarios podrán formalizar reclamaciones en la entidad y ante la Oficina de Servicios y Protección al Usuario (ProUsuario), según corresponda, en caso de incumplimiento de esta disposición. https://www.diariolibre.com/economia/finanzas/2022/02/07/podras-solicitar-el-cese-de-llamadas-de-servicios-bancarios/1627962
Entidades financieras deberán sacar de lista de contactos a usuarios que así lo requerieran
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