El Sociólogo Cándido Mercedes, Coordinador General de Participación Ciudadana, recordó que La Constitución de la República en su artículo 140 establece que: “Ninguna institución pública o entidad autónoma que maneje fondos públicos establecerá normas o disposiciones tendentes a incrementar la remuneración o beneficios a sus incumbentes o directivos, sino para un período posterior al que fueron electos o designados. La inobservancia de esta disposición será sancionada de conformidad con la ley”.
El Coordinador de Participación Ciudadana calificó como ilegal e ilegitimo el aumento del salario que dispusieron los jueces de los Tribunales Constitucionales (TC) y del Superior Electoral (TSE).
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