Los diputados harán cambios profundos al Código Procesal Penal

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Las modificaciones al Código Procesal Penal establecen que se impone de oficio la prisión preventiva después de dictada sentencia condenatoria en primera instancia, en infracciones que conlleven privación de libertad; pago inmediato de multa o impedimento de salida cuando se trate de penas pecuniarias, y suspensión de licencia de conducir cuando implique infracción a la ley de tránsito.

Además, se le retira la facultad a la Policía Nacional de solicitar orden de allanamiento para el registro de recintos privados en ausencia del Ministerio Público o de urgencia. Se consigna la asistencia legal gratuita a la víctima y su derecho a presentar acto conclusivo, aunque el Ministerio Público reitere archivo, y se reconoce el derecho al querellante de disponer de un número de abogados, igual al que tenga el imputado, nunca excediendo de tres.

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