Aumento de sueldo a los miembros de la Junta Central Electoral viola la Constitución

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El aumento de sueldo que se hicieron los miembros de la Junta Central Electoral (JCE) es ilegal y viola el artículo 140 de la Constitución de la República. De acuerdo al artículo 140 de la Carta Sustantiva se establece que ninguna institución pública o entidad autónoma que maneje fondos públicos establecerá normas o disposiciones tendentes a incrementar la remuneración o beneficios a sus incumbentes o directivos, sino para un período posterior al que fueron electos o designados. La inobservancia de esta disposición será sancionada de conformidad con la ley.

En ese sentido, a pesar de que fue promulgada la Ley de Salario del Estado Dominicano, su vigencia en cuanto al aumento salarial para el presidente, vicepresidente, ministros y demás funcionarios, incluidos los de entidades autónomas, no pueden producirse aumentos de salarios, a menos que sea para un periodo posterior al que fueron electos o designados.

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