Tránsito y Circo 17-1-2019

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Un año hizo ayer que se enterró la primera mujer en un terreno baldío, en Los Alcarrizos, donde comunitarios y organizaciones representativas improvisaron un cementerio que ya lleva 562 sepultados, pero que no es declarado oficialmente camposanto por una litis entre alegados propietarios de los terrenos.

Lourdes María Hernández, de 82 años, tuvo que ser enterrada en los terrenos que una vez fueron del Consejo estatal del Azúcar(CEA) luego que sus familiares agotaran un proceso para que recibiera su cuerpo en cementerios como el Cristo Redentor y Los Casabes, La Cuaba y Manoguayabo y otros, donde alegadamente lo rechazaron por falta de espacio o cobraban más de RD$10,000. Los comunitarios se unieron, crearon un patronato que desde entonces ha dirigido el proceso de lo que llaman el “Cementerio Municipal, de Los Alcarrizos, Lourdes María Hernández”. Cuentan con estudios tipográficos y diseñaron el terreno por manzanas para sepultar los cadáveres que casi a diario son llevados al lugar.

 

El sector sindical pidió este jueves elevar a 20 mil pesos mensuales el salario mínimo de los trabajadores, tras asegurar que este es el monto que se corresponde con el crecimiento económico que ha experimentado la economía según los informes del Banco Central.

 

Miembros de la comisión bicameral que tuvo el encargo de estudiar el proyecto de Ley del Régimen Electoral ven la regulación de las encuestas y el control de uso de recursos económicos por parte de los candidatos como los principales retos que tendrían que superarse para la aprobación de la iniciativa que fue reintroducida en la Cámara de Diputados luego de haber perimido.

Para el vocero de los diputados del Partido Revolucionario Dominicano, José Altagracia González, estos temas han sido los problemas fundamentales que ha tenido la comisión bicameral para ponerse de acuerdo. “Lamentable o beneficiosamente los partidos utilizan encuestas para tratar de posicionarse en la población”, explicó. Mientras que el diputado del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Henry Merán, consideró que las encuestas han devenido en una especie de “prostitución” y de mal uso por parte de los actores políticos, por lo que es menester la aprobación de la ley del Régimen Electoral donde se establecería un control sobre estos mecanismos de medición. Recordó que hay un preacuerdo para que la Junta Central Electoral sea la que regule estos instrumentos y las empresas que ofrecen dichos servicios.

 

Los policías de tránsito se están preparando para la entrada en vigor mañana de las medidas adoptadas por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), sobre las nuevas prohibiciones que tienen que acatar los choferes de vehículos de transporte de carga.

El vocero de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digeset), Hillman Pimentel, dijo que entre las herramientas que tendrá esa institución para aplicar las nuevas resoluciones están los radares para medir velocidad, motocicletas veloces y camionetas donadas por el Intrant. “Tanto el Intrant como la Digeset trabajan de manera conjunta para adquirir radares de velocidad que se usarán en las carreteras, calles y autopistas, para aplicarlos una vez que se cumpla el plazo establecido”, expuso Pimentel. Según la resolución del Intrant, a partir de mañana vence el plazo de siete días calendario que tienen los vehículos de transporte de carga para empezar a cumplir las medidas de esa entidad, en cuanto a transitar a no más de 70 kilómetros por hora en las carreteras troncales y hasta 55 en las vías secundarias y terciarias, además de hacerlo únicamente en el carril de la derecha y a una distancia de 150 metros del vehículo que va delante.

 

Transitar sin uno de los documentos necesarios o con uno de estos vencidos supone una falta a la Ley de tránsito, por lo que accidentarse en esta condición representa una falta aún más grave, pudiendo ser objeto de demandas civiles y/o penales inclusive por quien o quienes resulten afectados.

La Suprema Corte de Justicia estableció “la falta” como el incumplimiento de una obligación preexistente, y consistente en una acción cuya ejecución estuviera a cargo del agente o en una omisión o abstención de cumplir. Mediante otra decisión, se considera que la falta además como un error de conducta. De igual forma, el Código Civil Dominicano, en su artículo 1383, plantea que “Cada cual es responsable del perjuicio que ha causado, no solamente por un hecho suyo, sino también por su negligencia o su imprudencia”, por lo que hacerlo sin la documentación correspondiente, se convierte en un agravante.    De acuerdo a abogados consultados sobre el tema, una persona que sufriere daños materiales o físicos producto de un accidente de tránsito que ha sido cometido con alguna violación a la ley o por imprudencia puede ser objeto de un castigo pecuniario, penal, o ambas inclusive.

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