Tránsito y Circo 05-01-2018

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AMET indica que retendrá vehículos a los propietarios que no hayan renovado el marbete

La Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT-AMET), indicó este jueves que vencido el plazo para la renovación de marbete este lunes 8 de enero, actuará apegado a la ley No.63-17 Sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, la cual establece en su artículo 189, sobre actos prohibidos, en su  numeral 13,  “Queda prohibido conducir por las vías públicas un vehículo de motor o tirar de un remolque cuya placa haya sido suspendida, cancelada o este vencida, o cuyo marbete no haya sido renovado.” La entidad del orden vial expresó a través de un parte de prensa que todos los vehículos que no estén provistos de su marbete, serán retenidos a la vez le será impuesta una infracción. Los agentes de la DIGESETT-AMET, estarán vigilantes y a la vez facultados para implementar las acciones correspondientes apegadas a la ley 63-17. Los ciudadanos deben de cumplir con la ley y adquirir sus marbetes a tiempo así se evitarán ser fiscalizados y sus vehículos retenidos. Acotó, Tejeda Baldera, Director de Comunicaciones, DIGESETT=AMET.

 

La Secretaria de Transporte del Partido Reformista Social Cristiano solicitó  a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), otorgar una prórroga de (15) días adicionales a los propietarios de vehículos de motor a nivel nacional, para que estos puedan renovar sus marbetes de placas sin la necesidad de pagar recargos, ya que a la fecha, un amplio porcentaje del parque vehicular del país, no ha podido pagar el impuesto por concepto de renovación del marbete de placas

Mario Díaz , titular del organismo, señaló que debido a las festividades navideñas y a la carencia de recursos económicos, muchos propietarios de vehículos de motor no han podido disponer del dinero suficiente para pagar este impuesto, por lo que se hace necesario una prórroga de por lo menos 15 días, a partir del próximo (8) de enero, para permitir a los conductores de vehículos disponer de los recursos necesarios para cumplir con esta obligación de ley. Dijo además que esa prórroga solicitada evitaría trastornos en el tránsito vehicular e impediría que las autoridades del tránsito apliquen multas excesivas a los conductores a principio del año próximo. Se mostró de acuerdo con que se mantenga la prohibición de transitar a los vehículos que no paguen ese impuesto antes del día ocho de enero, pero que se otorgue una prórroga de (15) días adicionales, a partir del día (8), sólo para el pago de dicho impuesto de renovación de marbetes, sin que a los ciudadanos les sean aplicados recargos por ese concepto.

 

A propósito de lo que hablamos ayer: la Ley 248-12 de” Protección Animal y Tenencia Responsable” obliga a los cabildos y Distrito Municipales a recoger y exhumar los animales muertos en las calles y avenidas de sus demarcaciones. El artículo 70 de la referida ley establece: “Es obligación del ayuntamiento del Distrito Nacional , los ayuntamientos de los municipios y la juntas de distritos municipales recoger a los animales muertos que se encuentren en las vías o lugares p o lugares públicos , tratarlos con respeto y proceder a su exhumación de su cuerpo de forma adecuada”.

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